La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la multa de 42 millones de pesos e inhabilitación por 10 años contra Raymundo Collins Flores, exdirector del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México durante el período 2012-2018. La sanción fue impuesta por abuso de funciones al expedir una constancia indebida, y la Corte negó el amparo que el exfuncionario había promovido alegando vaguedad en el término "perjuicio al servicio público". Collins, quien también fungió como subsecretario de Seguridad Pública durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en la Ciudad de México y director de la Central de Abasto bajo la administración de Marcelo Ebrard, fue sancionado por emitir en marzo de 2018 una Constancia de Condominio Popular para eximir de impuestos a un inmueble que no cumplía los requisitos, ya que no era de uso habitacional, provocando así un perjuicio a la hacienda pública. En septiembre de 2020, un juez capitalino ordenó su aprehensión por el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades. Durante un cateo en su residencia de Tequesquitengo, Morelos, se descubrieron 41 automóviles clásicos y obras de arte que no había declarado en su patrimonio. Aunque Collins está incluido en la lista de solicitudes de extradition a Estados Unidos, tanto su recurso de apelación como su amparo directo fueron rechazados. En marzo de 2024, presentó un recurso de revisión ante la Corte argumentando que el término "perjuicio al servicio público" no estaba suficientemente definido en la ley, pero por unanimidad los ministros avalaron el proyecto del Ministro Hugo Aguilar para rechazar el amparo. La Corte determinó que se cumple con el principio de taxatividad y que la ausencia de una definición de diccionario no hace vaga la norma. La sentencia fue confirmada con ocho votos a favor, mientras el Ministro Irving Espinosa Betanzo se declaró impedido por haber participado como magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en la imposición de la condena original.